Ley Provincial-Cámara de Diputados de la Provincia de La Rioja Ley 9.737
LA CAMARA DE DIPUTADOS DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE LEY:
Artículo 1°.- Créase en el ámbito de la Función Ejecutiva y bajo de la Secretaría de Ambiente, el Programa de Reciclado de Residuos de Aparatos Electrónicos y Eléctricos.
Artículo 2°.- La Secretaría de Ambiente tendrá a su cargo la ejecución y control del Programa de Reciclado, y coordinará con los Municipios y sus Delegaciones Ambientales para la ejecución del Programa de Recolección, Almacenamiento y posterior traslado, de acuerdo a los convenios que se realicen en lo estipulado en el Artículo 5° de la presente ley.
24 julio 2013